La protección de las ideas en la regulación de la propiedad intelectual

Disponible en:Medellín18 nov. 2019

Agencia de Noticias UPB-Medellín. En la actualidad, los avances tecnológicos han propiciado el desarrollo de nuevas creaciones las cuales requieren de una regulación jurídica que garanticé los derechos de su autor. Es por esto que, desde la Facultad de Derecho, la docente investigadora María Alejandra Echavarría Arcila realizó una investigación titulada “Propiedad intelectual en innovación abierta”, en la cual analizó las transformaciones de esas nuevas dinámicas de innovación abierta de la propiedad intelectual que han originado nuevas formas de crear e innovar pero que están por fuera del sistema de propiedad intelectual tradicional.

Este proyecto de investigación tuvo como punto de partida el estudio minucioso de las ideas creativas, las cuales quedaron por fuera de este sistema actual de protección aun siendo el insumo básico para  generar creaciones. Sin embargo, estas creaciones que se desarrollaban gracias a la idea eran las que sí obtenían protección y, en esas dinámicas abiertas de innovación, las ideas empezaron a comercializarse en el mercado sin contar con una regulación que las protegiese, a lo cual María Alejandra llamó como “la venta de una nada jurídica”.

 
Profesora de derecho

María Alejandra Echavarría Arcila, docente investigadora de la Facultad de Derecho.

La propiedad intelectual tiene una razón de ser y es incentivar la creación para que el creador pueda tener una compensación por su trabajo y, de esta manera, pueda adquirir un modelo de negocio viable que le permita utilizar y comercializar esa idea. Sin embargo, las falencias en el sistema de protección, no garantizan que se retribuya esa inversión”, afirmó la investigadora.

De acuerdo a lo anterior, esta problemática ha desincentivado las nuevas creaciones por parte de de los emprendedores quienes notan un vacío en el sistema jurídico de protección de la propiedad intelectual, el cual no responde a sus necesidades y termina por truncar procesos en los que se pierde el dinero, el tiempo y los recursos del emprendedor.

Un ejemplo claro de esta problemática lo experimentó la investigadora con un caso hace algunos años de una pequeña empresa que fue pionera en unas plataformas para el comercio electrónico, un avance en esa época. Este proceso de innovación duró diez años y, cuando la investigación estuvo lista, se plasmó en un software el cual despertó el interés de una empresa reconocida que decidió realizar un acuerdo de licencia. Cuando esta empresa conoció el software y determinó cómo se ejecutaba, decidió al cabo de unos meses no renovar el contrato y realizó un software diferente pero que hacía lo mismo.

En este caso se observó que hubo una apropiación de la nada jurídica porque no está protegida la idea que fue la que se plasmó en esa solución técnica del software, sino que solo el software fue el que sí contaba con una protección”, aseguró la investigadora.

 
persona frente a un computador

Fue por esto que, en los objetivos tomados en este proyecto, inicialmente lo que las investigadoras  realizaron fue la descripción de la dinámica abierta de la idea comercial que no estaba protegida por la propiedad intelectual y definieron la idea debido a que eran ciertas ideas las que se comercializaban y, finalmente, identificaron el mercado en el cual esas ideas estaban siendo vendidas para examinar la eficiencia económica de dicho mercado desde una metodología de la dogmática jurídica y el análisis económico del derecho.

Los resultados

Realizamos un primer análisis desde el derecho y concluimos que los contratos que se están creando generan en el mercado derechos que no están previstos en la norma pero que las partes, por esa dinámica abierta, están desarrollando voluntariamente”, comentó María Alejandra.

Este proceso ineficiente en el cual la investigadora identificó que su principal causa es la desprotección de esa idea comercial, dio lugar a proponer un nuevo derecho de propiedad intelectual que respondiera a esta realidad, sin buscar interferir en las dinámicas innovadoras en el mercado sino en evidenciar el problema y proponer una solución.

De esta manera, esta investigación en la cual María Alejandra evidenció que las ideas no se protegían fue un aporte a la academia para la generación de futuras investigaciones, en las cuales exista un avance en el tema de la regulación de las ideas no protegidas buscando el fortalecimiento de distintos sectores involucrados en este proceso.

Desde el ejercicio y desde el hacer sobre todo en gestión de la tecnología y de la innovación, las aplicaciones de estos hallazgos son valiosos en entornos como el emprendimiento y los innovadores en general porque permite formular, desde el punto de vista profesional, estrategias de protección distintas que permitan formular modelos de negocio viables que sean jurídicamente admisibles”.

 
Computador

Para concluir, la generación de un proyecto de ley que regule el mercado de las ideas desprotegidas es un proceso que para María Alejandra rompe con algunos paradigmas porque desmonta las bases del sistema, el cual no tiene en cuenta estas formas de innovación y al que algunos teóricos del derecho no han dejado atrás para darle paso a este comienzo que busca respuestas a problemas que en un principio se creía que no tienen solución.

Por Luisa Fernanda Monsalve Jiménez, Agencia de Noticias UPB.

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