Agencias de Noticias UPB – Medellín. En 2013, llegó a Colombia una alternativa para transportarse, llamada Uber, una aplicación que permitía que los vehículos particulares prestaran el servicio de transporte de pasajeros, desde entonces, otras plataformas han llegado al país. A partir de un borrador de proyecto de ley, el cual acabaría con la operación de estas aplicaciones en Colombia, el debate se intensificó, incluso con algunas acciones de hecho en varias ciudades.
De acuerdo con el borrador emitido por la Superintendencia de Transportes, se buscaría bloquear las aplicaciones que presten el servicio de movilidad en vehículos particulares, además de sanciones tanto para conductores como para usuarios.
Según Alianza In, gremio que reúne a las principales aplicaciones de tecnología e innovación en Colombia, esta iniciativa iría en contradicción con los anuncios que se habían hecho durante el gobierno, esto, debido a algunos vacíos reglamentarios en el que se encuentran las plataformas digitales de movilidad. Además, en un comunicado la agremiación expresó que han presentado propuestas con ejemplos internacionales.
Frente a esto, el docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia Bolivariana, Néstor Raúl Londoño, aseguró que las aplicaciones son lícitas, pero el problema sería la prestación del servicio individual de transporte, ya que este, al ser una actividad regulada, se debe prestar bajo ciertas condiciones.
Se podría crear una tensión en cuanto al uso de estas, debido a que va a ser difícil que el Estado las controle y no las puede bloquear (salvo en ciertas ocasiones) ya que las aplicaciones se rigen bajo unas normas que establecen la neutralidad tecnológica de internet. Además, su bloqueo no garantizaría que se dejen de usar, ya que existen alternativas como el uso de conexiones privadas o VPN, las cuales permiten sobrepasar los bloqueos”, añadió el profesor Londoño.
En este mismo sentido, el Néstor afirma que no se puede pensar en que los conductores de estas aplicaciones se pueden formalizar bajo un contrato de trabajo, debido a que estos no están subordinados a lo que establece la aplicación y son libres de escoger su jornada laboral. Por último, para el docente Londoño, “también se debe pensar en cuál es la posición del consumidor cuando le prestan un servicio que sería ilegal pero que no se puede bloquear”.
La Superintendencia de Transporte se pronunció diciendo que dicho borrador solo será presentado al Congreso una vez se haya logrado un consenso con todos los actores.
En Latinoamérica se han presentado casos similares, países como México y Brasil han apostado por regular este tipo de aplicaciones.
Brasil, en el año 2018, aprobó una ley federal, la cual le permite a los gobiernos locales imponer las exigencias para la regulación de dichas aplicaciones de transporte y que estas puedan circular bajo una serie de condiciones, las empresas entregan un registro de los conductores a la secretaría de Transporte, en este caso de Río de Janeiro, en las cuales se certifique que no tenga ningún antecedente penal, además de realizar un curso especifico homologado por la entidad.
En México se aprobó una política pública, la cual permitió aminorar tensiones entre agrupaciones de taxis y Uber. Allí había una problemática de pérdidas económicas y fallas en el mercado a pesar de tener modelos de negocios similares.
En Colombia, el debate sobre la legalidad de las aplicaciones se prolongará ya que todavía falta la opinión del consumidor, porque es quien tiene la potestad de elegir qué servicio utilizar. Toda vez que el tema se haya consensuado con los implicados, el Gobierno debería pensar un plan de políticas públicas para salvaguardar la libertad de empresa con el fin de fomentar la economía digital en el país, ya que según un estudio de Fedesarrollo, este tipo aplicaciones aportan un 0,23% al PIB nacional.
Por: Camilo Arenas Urrego - Agencia de Noticias UPB
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